viernes, 5 de enero de 2018

DESINFORMACIÓN E INFORMACIÓN SOBRE LA SITUACIÓN DE GANDUL Y LOS ALCORES III

Hay que desmentir categóricamente la afirmación que ha aparecido en la prensa local de que en el despoblado de Gandul no hay ningún elemento protegido. El Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz recoge, expresamente, como Bien de Interés Cultural (B.I.C.) los siguientes elementos: “Denominación del bien: Palacio de El Gandul: Torre. Otra denominación: Iglesia rural de El Gandul.” Es cierto que estamos ante una mala identificación, pero también aquí es el Ayuntamiento máximo responsable por su inacción.   


Torre de Gandul
Aunque ha quedado muy claro que el despoblado de Gandul se encuentra incluido en el Catálogo General, dentro de un área BIC, y que algunos de sus elementos se encuentran expresamente incluidos como BIC, la Ley de Patrimonio Histórico, en su artículo 1.2 establece que “Integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico y antropológico…”. Esto quiere decir que no es necesario la inclusión en un catálogo de un bien para ser considerarse patrimonial y, consecuentemente, no es motivo para dejar de actuar en cuanto a su protección y recuperación. También en este punto hay abundante jurisprudencia del TC.

Francisco José Gavira Albarrán

No hay comentarios:

Publicar un comentario