martes, 17 de marzo de 2026

VIII Un documento notarial de 1854 revela cómo se resolvían las deudas agrarias contraídas con el Marqués de Gandul, D. José Pacheco y Aragón.

 

Escritura notarial

Un documento notarial fechado el 17 de marzo de 1854 en Sevilla permite conocer con detalle cómo se gestionaban las deudas, las propiedades agrícolas y los arrendamientos en la campiña sevillana a mediados del siglo XIX. La escritura, recientemente transcrita a partir de un manuscrito original, recoge un acuerdo entre el Marqués de Gandul, D. José Pacheco y Aragón, el propietario D. Manuel Taboada y el colono D. Francisco de Paula Reyna, en torno a un molino de aceite y varias fincas situadas en el término de Arahal.

El documento se redactó para poner fin a un litigio judicial. El Marqués de Gandul había iniciado un procedimiento contra Manuel Taboada en el Juzgado de Primera Instancia de Marchena por el impago de los réditos de un censo que gravaba varias propiedades, entre ellas un molino de aceite situado en la calle Sevilla de Arahal. La deuda acumulada incluía más de nueve años de pagos atrasados.

Ante la posibilidad de que el proceso judicial terminara con la ejecución de los bienes, las partes decidieron llegar a un acuerdo amistoso que posteriormente se formalizó ante notario. Este tipo de acuerdos, conocidos como transacciones, eran habituales en la época para evitar largos y costosos pleitos.

La solución: entregar la gestión de las fincas

El acuerdo establecía que Manuel Taboada reconocía la deuda y entregaba temporalmente la posesión de sus bienes al Marqués de Gandul mediante una figura jurídica conocida como prenda pretoria. En la práctica, esto significaba que el Marqués pasaba a administrar las propiedades —el molino, olivares y algunas casas— y a percibir sus rentas hasta recuperar el dinero que se le debía.

La deuda total fijada en el acuerdo ascendía a 25.000 reales, suma que incluía tanto los atrasos como los gastos necesarios para reparar el molino de aceite, que según el documento se encontraba en mal estado de conservación.

Mientras durara esta situación, Taboada conservaría el título sobre los bienes, pero el Marqués tendría el control de su explotación económica.

Un arrendamiento para mantener el molino en funcionamiento

Para asegurar la actividad de la finca, el Marqués arrendó el molino y los olivares a Francisco de Paula Reyna, vecino de Arahal. El contrato se estableció por seis años, con una renta anual de 5.000 reales.

El documento describe con detalle las obligaciones del arrendatario, que debía encargarse del mantenimiento del olivar y del molino. Entre otras tareas, debía labrar la tierra, limpiar los olivos periódicamente y realizar pequeñas reparaciones en la maquinaria del molino. Además, asumía los riesgos derivados de malas cosechas o fenómenos naturales, algo frecuente en los contratos agrarios del siglo XIX.

El texto también incluye una liquidación de cuentas de las rentas anteriores del molino. Tras descontar diversos pagos y contribuciones, el arrendatario entregó 18.426 reales al Marqués de Gandul, cantidad que se incorporó al proceso de pago de la deuda.

Firma del Marqués de Gandul

Un reflejo de la economía local del siglo XIX

Más allá de su valor jurídico, el documento ofrece una interesante ventana al pasado económico de Arahal. La presencia de olivares, molinos de aceite y arrendamientos agrícolas confirma la importancia del olivar en la economía local ya en el siglo XIX.

Asimismo, el texto muestra cómo convivían diferentes actores sociales: grandes propietarios vinculados a la nobleza, administradores o poseedores de bienes vinculados y colonos encargados de trabajar la tierra.

La transcripción del documento no ha estado exenta de dificultades. Al tratarse de un manuscrito del siglo XIX, algunas palabras resultan difíciles de interpretar y podrían haber sido copiadas de forma imprecisa. No obstante, el contenido general permite reconstruir con bastante claridad las relaciones económicas y jurídicas que articulaban la vida rural de la época.

AHP

Signatura 16545 f. 219r

Oficio 23. Juan Fernández Santa Cruz

17.03.1854

Transacción y arrendamiento de molino y olivar. Marqués de Gandul y Manuel Taboada a Fco. de Paula Reyna. 

Francisco José Gavira Albarrán


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