lunes, 10 de diciembre de 2018

“VA A ARDER MÁS QUE LA VIEJA DEL CONSUMO.”


Este es otro dicho alcalareño, quizás poco conocido, que tiene su origen en los últimos años del siglo XIX, cuando en 1898 un levantamiento popular en contra de los abusos cometidos por el administrador de los consumos acabó con el incendio del edificio y la muerte de la llamada “vieja del consumo”.

¿Qué eran los consumos?
“Los consumos” hacen referencia a un grupo de impuestos de carácter indirecto que gravaban el consumo de productos de primera necesidad de la población, como el IVA de hoy día, que se establecieron en la España del siglo XIX. Este impuesto, al igual que en nuestro tiempo, era sufrido especialmente por la población más humilde y necesitada. Finalmente, serían suprimidos por las Cortes mediante la Ley 12 de junio de 1911, de supresión de impuestos de Consumos.

El término englobaba varias figuras impositivas sobre el consumo de las poblaciones que derivaban, en general, de otros ya existentes en la España del Antiguo Régimen, como la alcabala, los cientos o los millones (1), pero con la reforma hacendística de Alejandro Mon, Ministro de Hacienda, y Ramón Santillán, entre otros, plasmada en la Ley de Presupuestos de 1845, que ordenará y estructurará el sistema fiscal español, se unifican creando la Contribución General de Consumos. Este impuesto, de carácter general, ordinario e indirecto, gravaba una veintena de productos básicos, de “comer, beber y arder”, el aceite, la carne, el alcohol, el vino, el aguardiente, el carbón, el tabaco, el jabón o la sal, es decir, productos de primerísima necesidad.

A cada población se le asignaba una cantidad anual que debía remitir a la hacienda pública en función de diversos factores, aunque el único efectivo fue el número de habitantes de cada localidad. Pero este no era el único gravamen sobre estos bienes imprescindibles, ya que los Ayuntamientos estaban autorizados a imponer recargos sobre los productos ya gravados de hasta un 100% (2), de hecho, este impuesto era una de las fuentes principales ingresos de las haciendas locales y nacional.

Vemos pues que productos básicos, para la simple supervivencia de la población, se podían encarecer hasta el doble del precio que se había establecido, pero además su recaudación generaba desigualdades, ya que los grandes propietarios y comerciantes podían no pagarlo gracias al fraude. (3)

El incremento de los precios de productos de primera necesidad no quedaba ahí, este impuesto debería ser recaudado por la Hacienda Estatal, a través de las distintas Administraciones de Consumo, pero la Ley de Presupuestos de 1845 permitía que la recaudación se arrendara a intermediarios y, como sucede actualmente con los precios y los intermediarios, esto volvía a suponer un nuevo encarecimiento de los productos ya que, lógicamente, los arrendadores de los consumos también obtenían importantes beneficios, en ocasiones tan exorbitantes que acabaron generando muchísimo malestar, llegando las protestas hasta Las Cortes.(4)

Muchos de los levantamientos populares del siglo XIX, en España y en Alcalá de Guadaíra, tuvieron que ver con los abusos en los precios de los mencionados productos y el deseo de la población de rebajar o suprimir los consumos. Así, tanto en 1855, siendo Ministro de Hacienda Pascual Madoz, como en 1868, con la Revolución Gloriosa, los consumos fueron abolidos para atender la demanda popular, aunque acabarían siendo restaurados. Finalmente, los consumos serán suprimidos, de forma progresiva, por las Cortes mediante la Ley 12 de junio de 1911, de supresión de impuestos de Consumos.

En Alcalá de Guadaíra las protestas, peticiones y levantamientos contra los consumos y demás arbitrios empezarían desde el primer momento ya que, además de a la población en general, afectaba especialmente a un sector muy sensible tanto por el producto final, el pan, como por la mano de obra afectada, la panadería. En 1845 se produciría… “una protesta de los panaderos de Alcalá contra el arbitrio de dos reales por carga de pan que había establecido Sevilla…” (5)

El motín de mayo de 1898.
Pero el levantamiento que más repercusión llegó a tener fue el ocurrido en los primeros días de mayo de 1898. Este motín tuvo repercusión nacional, apareciendo la noticia en, al menos, 15 medios de la época, durante los días 7, 8 y 9 de mayo de 1898.

Según los diarios “El Heraldo de Madrid” y “La Época” de 8 de mayo de 1898, que fueron los que más ampliamente trataron los acontecimientos a nivel nacional, éstos se desarrollaron de la siguiente manera:

En los días previos al motín ya se había producido un incremento en el precio de la carne, provocando gran malestar y tensión en la población, por lo que las “personas de significación” dirigieron un escrito de agravios al Gobernador.

En la madrugada del seis al siete de mayo, una gran muchedumbre se reunió en la plaza de San Sebastián, según el diario “El Imparcial”, de 28 de marzo de 1901. La mayoría de los medios hablan de más de tres mil personas entre hombres mujeres y niños, donde destacaban jornaleros y operarios de las panaderías “a causa de la carestía del pan, contra los consumos y la desastrosa gestión del Ayuntamiento”. Al grito de ¡Viva España! se dirigieron hacia la Administración de Consumos rociándola con petróleo y aguardiente y prendiéndole fuego, “haciendo lo mismo con los fielatos y la casa de pesas y medidas. Después se dirigieron hacia la casa del administrador de consumos y la incendiaron.”. En este incendio falleció carbonizada la madre del administrador, Dolores Trigo, a la que se apodaría la “vieja del consumo”.

Como el motín no cesaba, de hecho, los distintos grupos se estaban dirigiendo hacia las casas de préstamo para prenderles fuego y linchar a sus dueños, las autoridades municipales intentaron intermediar, siendo apedreadas por la muchedumbre y obligándolos a refugiarse en el Ayuntamiento.

A las dos de la madrugada el Gobernador Civil se dirigió a Alcalá de Guadaíra con cincuenta Guardias Civiles y el coronel del cuerpo, algunos medios hablan de 16 Guardias Civiles y un teniente (6), dejando dos compañías de infantería y dos escuadrones de caballería acuartelados y preparando trenes para su traslado, ya que si la situación no se podía controlar sería declarado el estado de guerra en Alcalá.

La intervención de la Guardia Civil puso fin a las protestas controlando puntos estratégicos, entre ellos las panaderías para asegurar el suministro de pan a Sevilla, dejando numerosos heridos. Se rebajo el precio del pan y, como de costumbre en este tipo de situaciones, se repartió limosna a los más necesitados. Pero la intervención de la benemérita fue contundente, llegando a detener a 54 vecinos que fueron encarcelados y que pasarían en la cárcel una buena temporada, ya que el juicio no se celebró hasta 1901.

El juicio fue seguido por el periódico “El Imparcial” de 28 de marzo de 1901, que nos dice que “El fiscal califica tres delitos, de sedición, asesinato e incendio”… “La defensa de los procesados está a cargo del Sr. Rodríguez de la Borbolla.”.


El día 29 de marzo de 1901, la misma publicación comunica que “El fiscal, en vista del resultado favorable de la prueba, ha retirado su acusación, y el tribunal de derecho ha dictado auto de sobreseimiento, declarando la libertad de los presos.”.

Así se podría dar por finalizado los acontecimientos acaecidos la madrugada del seis al siete de mayo de 1898, con un motín multitudinario debido fundamentalmente a las penurias que sufría la gran mayoría de la población que acabaría con el incendio de la administración de consumos y varios edificios más, la muerte de una anciana, Dolores del Trigo, la intervención de la Guardia Civil, la amenaza de declaración del estado de guerra, una dura represión y la detención de 54 vecinos que serían presos durante tres años.

Notas:
1. “Gaceta de Madrid” nº 3926, sábado 14 de junio de 1845.
 Artículo séptimo del Presupuesto General de Ingresos para el año 1845.
“Se establece sobre las bases adjuntas señaladas con la letra C un derecho general sobre el consumo de las especies de vino, sidra, chacolí, cerveza, aguardiente, licores, aceite de oliva, jabón y carnes.
En esta imposición se refunden las rentas llamadas provinciales, compuestas de los derechos de alcabala, cientos y millones, y la parte del catastro, equivalente y talla que no se refunde en la contribución sobre inmuebles, cultivo y ganadería.”
2. RAFAEL VALLEJO POUSADA. “El impuesto de consumos y la resistencia antifiscal en la España de la segunda mitad del siglo XIX: un impuesto no exclusivamente urbano.”. Alianza Editorial. Centro de Estudios constitucionales. Revista de Historia Económica. Año XIV. Primavera verano 1996. Nº 2. Páginas 339-370.

4. En el año 1850, durante la negociación de los presupuestos de año siguiente en el Congreso de los Diputados, el Diputado por Utrera Manuel Sánchez Silva expondrá, dentro de su discurso, como ejemplo de la carestía de productos básicos el caso de Alcalá de Guadaíra.
El mismo Diputado al año siguiente vuelve a insistir con el caso de Alcalá de Guadaíra.

5. ELOY ARIAS CASTAÑÓN. “Liberalismo, revolución y restauración, 1840-1917.”. Alcalá de Guadaíra. 1995.
6. “La Correspondencia de España”, 7 de mayo de 1898. Página 3.
  
Fuentes:
ELOY ARIAS CASTAÑÓN. “Liberalismo, revolución y restauración, 1840-1917.”. Alcalá de Guadaíra. 1995.
RAFAEL VALLEJO POUSADA. “El impuesto de consumos y la resistencia antifiscal en la España de la segunda mitad del siglo XIX: un impuesto no exclusivamente urbano.”. Aliaza Editorial. Centro de Estudios constitucionales. Revista de Historia Económica. Año XIV. Primavera verano 1996. Nº 2. Páginas 339-370.
https://www.lne.es/mar-campo/2013/03/15/fiscalidad-gravo-consumo/1382927.html
El Balear, de 21 de marzo de 1851. Página 1.
Gaceta de Madrid nº 3925, de 13 de junio de 1845. Páginas 1 y 2.
Gaceta de Madrid nº 3926, de 14 de junio de 1845. Páginas 1, 2 y 3.
Gaceta de Madrid nº 3927, de 15 de junio de 1845. Páginas 1, 2 y 3.
Gaceta de Madrid nº 3928, de 16 de junio de 1845. Páginas 1, 2 y 3.
Gaceta de Madrid nº 3939, de 27 de junio de 1845. Páginas 2 y 3.
Gaceta de Madrid nº 3940, de 28 de junio de 1845. Páginas 1, 2 y 3.
Gaceta de Madrid nº 3941, de 29 de junio de 1845. Páginas 1, 2 y 3.
Heraldo de Madrid, de 8 de mayo de 1898. Página 3.
La Atalaya, de 9 de mayo de 1898. Página 2.
La Correspondencia de España, de 7 de mayo de 1898. Página 3.
La Época, de 8 de mayo de 1898. Página 2.
La Patria, de 31 de diciembre de 1850. Página 2

Antonio Gavira Albarrán

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